¿POR QUE ESTA EN EMERGENCIA SANITARIA BARRANCABERMEJA?
¿QUE EVIDENCIAS EXISTE PARA DECLARAR A BARRANCABERMEJA EN EMERGENCIA SANITARIA?
Estas y más preguntas nos las responde el reportaje realizado por la periodista Hydamis Acero Devia, Directora en QUINTO PODER PROGRAMA PERIODISTICO POR ENLACE TV. Reportaje denominado "VIDEO HISTORIA Y CONTEXTO EMERGENCIA SANITARIA BCABJA FEB9 DE 2015". Para ello los dejo con el link del video: https://www.youtube.com/watch?v=CR2Ob4A9C78&feature=em-subs_digest
RESUMEN DEL REPORTAJE:
CAS ORDENO SUSPENSIÓN INMEDIATA DE LAS ACTIVIDADES DEL RELLENO SANITARIO DE BARRANCABERMEJA, esta ordenanza fue dada a conocer mediante boletín de prensa oficial.
¿POR QUE LA CAS ORDENO ESTA SUSPENSIÓN?:
Mediante visita visual realizada por un delegado ambiental de la CAS se pudo percibir algunos hallazgos que comprometen la estabilidad del relleno.
- El talud o terraplén localizado frente a la caseta de lixiviados se fracturo en un tramo de 30 metros lo que puede ocasionar su derrumbe.
La corporación mediante la resolución CAS 418 de agosto de 2011 había requerido a la empresa operadora realizar los trabajos de recuperación del talud exigencia que fue omitida en su totalidad por la empresa Aguas de Barrancabermeja según lo informa el comunicado.
Otro hallazgo encontrado; el caño del costado Nor-Oriental de las celdas se encontraba totalmente lleno y contaminado con lixiviados provenientes de las celdas.
Según conceptos técnicos las medidas preventivas deben ser inmediata ya que la celda en operación licenciada a través de la resolución de la CAS en el 2010 se encontraba colmatada superando las dimensiones iniciales de diseño, situación que se podría agravar si las lluvias saturaran de agua el volumen de los residuos sólidos y aumentaran las cargas de presión contra el dique o terraplén que conforman la celda.
La CAS ordeno la acción inmediata para la reparación pertinente así como la construcción de la planta de tratamiento de estos líquidos para evitar daños mayores por el foco de contaminación que podrían afectar a su vez la ciénaga de la cual se obtiene el agua para el consumo potable de los Barranqueños.
Ante esta situación la autoridad competente decreto emergencia sanitaria y a su vez una urgencia manifiesta para poder manejar los recursos pertinentes de inversión en la celda transitoria.
El Gerente de Aguas de Barrancabermeja el Dr. Jorge Ferreira en una rueda de prensa se pronunció “con las directivas de la CAS se ha enviado un informe dándole a conocer que los requerimientos que ellos hicieron fueron cumplidos para ver si levantan la medida de acción preventiva”.
El ing. Querubin Rivero Inspector CAS menciona, “Desde el año 2011 la regional de Barrancabermeja a través de una resolución requirió a la empresa Aguas de Barrancabermeja para que realizará la reparación del terraplén que conforma la celda transitoria porque se encontraba fracturado diagonalmente y amenaza con derrumbarse, no obstante lo anterior Aguas de Barrancabermeja ha venido omitiendo esta orden y han transcurrido aproximadamente 2 años, la situación sigue siendo la misma la diferencia de que se han dispuesto en el relleno un volumen considerable de residuos sólidos por encima de los volúmenes de diseño”.
CONCEPCIÓN AMBIENTAL Y DE SANEAMIENTO SOBRE LA SITUACIÓN DE EMERGENCIA SANITARIA QUE VIVE BARRANCABERMEJA EN ESTE 2015.
Como bien saben ustedes, y los que visitan mi blogger, mi Nombre es Osmerida Henao Castro soy ingeniera ambiental y de saneamiento; creé esta página con el fin de dar a conocer a la comunidad de Barrancabermeja – Santander y sus alrededores, la condición actual de nuestro ambiente (agua, suelo, aire, flora, fauna y temas en particular) para que con esta información tomemos conciencia y estemos informados de la realidad.
Como profesional en el área ambiental y de saneamiento me permito brindar una concepción legal sobre el tema.
1ero- REVISEMOS LA NORMATIVIDAD LEGAL.
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA 1991
Artículo 25. Derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas.
Artículo 79. Derecho a gozar de un ambiente sano.
Artículo 80. Manejo y aprovechamiento de los recursos naturales garantizando desarrollo sostenible.
RELLENO SANITARIO DE BARRANCABERMEJA:
• El talud o terraplén localizado frente a la caseta de lixiviados se fracturo en un tramo de 30 metros lo que puede ocasionar su derrumbe.
La Real Academia de Ingeniería define Terraplén como “Relleno de materiales dispuestos por capas y convenientemente compactados y apisonados que sirve de apoyo a una vía o a otro tipo de construcción permitiendo que el trazado de la vía o que la construcción se levante por encima del terreno natural sin necesidad de construir un puente”
Teniendo en cuenta que según esta definición, el terraplén es un apoyo a todo el relleno sanitario, si este se desfragmenta por donde se fracturo, el derrumbe es un hecho.
Si el derrumbe del terraplén ocurre; el impacto social, ambiental, económico y de salud será negativo y podrán tener resultados graves e imposibles de corregir de manera oportuna.
La autoridades competentes deberán establecer como mínimo una plan de emergencia y contingencia ambiental, que permita dar respuesta inmediata, y atender en forma efectiva y eficiente las necesidades del servicio de manera alternativa y para restablecer paulatinamente el funcionamiento del sistema después de la ocurrencia de un evento de origen natural o antrópico que ha causado efectos adversos.
• Piscinas colmatadas por lixiviados que por gravedad terminan en una depresión natural que cuando llueve van a comunicar a la Cienaga San Silvestre.
La Cienaga San Silvestre es el punto de captación del agua que se trata para consumo humano.
Tecnicamente los lixiviados consiste en la remoción o extracción de un COMPONENTE SOLUBLE (SOLUTO) contenido en un SÓLIDO mediante un SOLVENTE apropiado.
Existen numerosas caracterizaciones de los lixiviados en donde se hace énfasis en su alto poder contaminante. Se concluye usualmente que los lixiviados contienen toda característica contaminante principal, es decir, alto contenido de materia orgánica, alto contenido de nitrógeno y fósforo, presencia abundante de patógenos e igualmente de sustancias tóxicas como metales pesados y constituyentes orgánicos.
Estos lixiviados por su propia característica de solubilidad se pueden comunicar a los diferentes cuerpos de agua por escorrentía y/o percolación, lo que hace más difícil un tratamiento de potabilización del agua efectivo.
• El caño el Zarzal también se ve afectada por el caudal que une predios de Anchicayá con este caño, terminando en la ciénaga San Silvestre.
Los riesgos y consecuencias principales de la comunicación entre el caudal de los predios Anchicayá (los cuales tienen contenidos de lixiviados del relleno sanitario) con el caño Zarzal terminando en la Cienaga San Silvestre son:
En la época de lluvias, se expone a un alto riesgo a la población debido a posibles infecciones y epidemias transmitidas por el aire, aguas y vectores de fauna nociva.
Contaminación del suelo y del manto freático, lo que se traduce en un riesgo de afectación al ecosistema, recursos naturales y finalmente, por vía indirecta, a la salud humana.
Los materiales arrastrados por posibles escorrentías, pueden llegar a los terrenos de cultivo ocasionando problemas a la actividad agrícola, aunado al efecto antihigiénico e impacto estético desagradable que ello produce.
Este tipo de lixiviados tienen un alto contenido de materia orgánica, conlleva a la generación de líquidos y gases indeseables, lo cual significa un riesgo, directo o indirecto a la salud pública dependiendo del contacto de la población con dichas emisiones.
El alto porcentaje de la materia orgánica favorece la proliferación de roedores e insectos e inclusive aves de carroña, asociados a la propagación de enfermedades y epidemias.
Y por último, ocurre un impacto estético negativo en el paisaje alrededor de los sitios, lo que afecta no sólo a la gente que vive en la zona, sino también la cultura y turismo socio-económica de la región
• Mortandad de especies acuáticas en Patio Bonito (nunca antes visto).
Para que se diera una mortandad de especies acuáticos es una clara evidencia de saturación de contaminantes y componentes de sustancias toxicas en el cuerpo de agua.
En el próximo seguimiento realizado a esta EMERGENCIA SANITARIA EN BARRANCABERMEJA, se estudiará el DECRETO 838 MARZO 23 DE 2005 “por el cual se modifica el Decreto 1713 de 2002 sobre disposición final de residuos sólidos y se dictan otras disposiciones” y revisaremos el nivel de cumplimiento con el relleno sanitario Anchicayá.
Ya que el ejercicio realizado, solo, con 3 artículos de la constitución de Colombia, arrojo resultados nefastos a nivel de cumplimiento del relleno Sanitario Anchicayá en nuestro puerto Petrolero.
Y nos seguimos preguntando ¿QUÉ ESTA PASANDO CON EL SISTEMA SANITARIO EN BARRANCABERMEJA?.
Documental realizado por:
Osmerida Henao Castro
Ing. Ambiental y de Saneamiento
Email: osheca1000@gmail.com
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